domingo, 22 de mayo de 2011

INCONTERMS

Para todos los estudiantes y Personas interesadas en el comercio internacional, esta información les viene como caída del cielo; esta es una actualización de nuestros conocimientos sobre los INCOTERMS. La cámara de comercio Internacional, reformo los términos de Negociación Internacional.

Los Invitamos a ver este vídeo informativo.


La Cámara de Comercio Internacional (CCI) se encarga de actualizar periódicamente los INCOTERMS tratando de mejorarlos y adaptarlos a las prácticas comerciales empresariales, y a los modos y procesos de contratación a nivel internacional. En la actualidad, la CCI está culminando un último proceso de actualización iniciado en 2008 que cristalizará en la publicación de los INCOTERMS 2011.


La publicación de los mismos se espera para verano u otoño de 2010, entrando en vigor, si se cumplen los plazos previstos, el 1 de Enero de 2011. En base a la información de algunas webs americanas y de otros países presentamos algunas breves indicaciones de hacía donde parece que se dirige esta próxima actualización de los INCOTERMS.

En el proceso de elaboración de los INCOTERMS se han barajado distintas denominaciones (3000, etc.), siendo finalmente la de “2011” la que actualmente se tiene prevista anunciar. La CCI quiere evitar tener que actualizar los INCOTERMS cada 10 años, como ha ocurrido en las últimas 2 actualizaciones, en 1990 y 2000.

Algunas Novedades de los INCOTERMS 2011
1. Se establecen 2 categorías de INCOTERMS los “multimodales” (EXW, FCA, CPT, CIP, DAP y DDP) y los “solo marítimos” (FAS, FOB, CFR, CIF y DEQ) expresando con claridad que las ventas con contenedores deberían de hacerse aplicando siempre INCOTERMS multimodales. De hecho en la redacción detallada de cada INCOTERM se tratarían primero los multimodales y a continuación los sólo marítimos.

2. Se desaconseja expresamente el INCOTERM EXW para ventas internacionales pues no incluye la carga del envío en los vehículos que en la práctica suele efectuarse por la empresa vendedora. Un FCA incluye la carga del vehículo y sería más adecuado. Otra razón es que se pueden presentar problemas para obtener el DUA de exportación, si la operación lo requiere, pues el despacho de exportación lo hace el comprador.

3. Se potencia el uso de FCA, CPT o CIP para contenedores frente a los habituales FOB, CFR o CIF. Las razones para el uso de estos términos con contenedores son tanto de aminoración del riesgo para el vendedor (entrega y transmite el riesgo cuando entrega al primer transportista de la cadena) como de coste (se adecuan mejor a las prácticas comerciales en puerto y se evitan duplicidades de pago por el mismo concepto).

4. Desaparecen los INCOTERMS DAF, DES y DDU, apareciendo un nuevo INCOTERM DAP (Delivery at place) más adecuado para aplicar a ventas en las que se quiere entregar contratando el transporte principal y entregando en un lugar determinado.

5. Se ajustan algunas obligaciones de vendedor y comprador en cada INCOTERM con el objetivo de adecuarlas mejor a las prácticas comerciales a nivel internacional.

En espera de la definitiva publicación de los nuevos INCOTERMS 2011, esperamos que este artículo os sea de utilidad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario